De acuerdo con lo establecido en el artículo 40, fracción V de la Ley, la APIVER deberá prestar los servicios portuarios y conexos requeridos en el Puerto por sí, o a través de terceros mediante el contrato respectivo, por lo cual esta entidad celebra contratos de prestación de servicios con terceros, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en las Reglas 15, 16, 17, 18 y 19 de Operación del Puerto de Veracruz.
Cabe destacar, que el número de prestadores de servicios de cada rubro, estará determinado en el Programa Maestro de Desarrollo Portuario vigente.
Los servicios portuarios y conexos se clasifican de la siguiente manera:
SERVICIOS PORTUARIOS
Remolque
Lanchaje
Amarre y desamarre de cabos
Avituallamiento
Recolección de basura o desechos a las embarcaciones
Eliminación de aguas residuales a las embarcaciones
Reparación a flote a las embarcaciones
Suministro de agua potable a las embarcaciones
Suministro de combustible a las embarcaciones
Suministro de lubricantes a embarcaciones
Servicio de comunicación
SERVICIOS CONEXOS
Inspección marítima.
Coordinación de consolidación, desconsolidación y reexpedición de mercancías de comercio exterior sin incluir los servicios portuarios de maniobras.
Fumigación a bordo de embarcaciones, a las mercancías y sus embalajes, a los almacenes y sus instalaciones, contenedores y equipos de transporte terrestre.
Inspección de mercancías de comercio exterior.
Servicio de operación, mantenimiento y reparación de equipo ferroviario.
Servicios submarinos a las embarcaciones.
Servicio de fumigación a la basura orgánica a bordo de las embarcaciones.
Para obtener información referente a los requisitos establecidos en las Reglas de Operación del Puerto de Veracruz, para prestar un servicio en particular, agradecemos contactar a la Subgerencia de Desarrollo de Mercado al teléfono: +52 (01) 229.923.21.70 ext. 72923 ó 72941, en donde con gusto se le atenderá.
Última actualización el Miércoles, 30 de Enero de 2013 11:19