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Incineración de Mercancias PDF Imprimir E-mail
SERVICIOS PORTUARIOS PROPORCIONADOS EN EL CENTRO DE INCINERACION Y MANEJO DE RESIDUOS (CIMAR).

Conforme a lo establecido en el Artículo 40, fracción V de la Ley de Puertos, la APIVER deberá prestar los servicios portuarios y conexos requeridos en el Puerto por sí, o a través de terceros mediante el contrato respectivo; por tal motivo, esta entidad presta los servicios de incineración de residuos de embalaje de madera, tipo municipal y/o Fitozoosanitario y de mercancías del comercio exterior a los usuarios del recinto portuario del Puerto de Veracruz.

 
I.
Residuos de Embalajes de Madera.
 
a)
Solicitud a través de correo electrónico o escrito libre en hoja membretada, conteniendo: tipo de producto, cantidad, peso (kg), nombre del buque, fecha de arribo y motivo de la incineración; dirigido a la Gerencia de Operaciones o al Coordinador de control del CIMAR, el cual informará por los mismos medios la afirmación o negación del servicio requerido.
   
II.
Mercancías del Comercio Exterior.
 
a)
Solicitud mediante escrito libre en hoja membretada, conteniendo: tipo de mercancía, cantidad, peso (kg), número de conocimiento de embarque, puerto, certificado de fumigación en su caso, estatus de la mercancía ante la aduana y motivo de la incineración; dirigido a la Gerencia de Operaciones, el cual informará por el mismo medio la afirmación o negación del servicio requerido.
 
b)
En caso de que la mercancía haya causado abandono y pasado a propiedad del fisco federal, deberán de cumplir con lo indicado en la fracción II, inciso a); adicional, anexar oficio de la Aduana, en el cual instruya la destrucción de la mercancía.
 
c)
Cuando se trate de mercancías en los que las autoridades sanitarias, ambientales o agropecuarias determinen su destrucción, deberán anexar oficio de instrucción de la autoridad que así lo disponga; lo cual el cliente deberá de cumplir con todas las recomendaciones emitidas por las citadas autoridades.


Una vez aprobada la solicitud del servicio, la Gerencia de Operaciones notificará al cliente la fecha en la cual se recibirán los residuos, mismos que deberán de pesarse en la bascula del CIMAR, o en su caso, en la empresa cesionaria del servicio de pesaje; de los cuales, los costos por concepto de maniobras en el traslado de las mercancías al CIMAR, correrá por cuenta del interesado, así como el pesaje si este, lo hacen en la empresa cesionaria.

Para obtener información referente a los servicios de incineración a través del Centro de Incineración y Manejo de Residuos (CIMAR), a cargo de la Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A de C.V; agradeceremos, contactar al Departamento de Almacenes al teléfono: +52 (01)2299232170 ext. 72944 o 73066, en donde con gusto se le atenderá.

 
Última actualización el Lunes, 11 de Julio de 2011 10:49
 
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